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04.03.2011. 16:39

 

 

"" El Borrador del Reglamento de la Ley de Caza de Extremadura.

.. Periodico Extremadura

Reunión del Consejo Regional de Caza

28/02/2011 EFE 

El borrador del reglamento de la Ley de Caza, aprobada en diciembre de 2010, incorpora el 76 por ciento de las alegaciones presentadas por 480 colectivos, algo que, en su opinión, "ha dado madurez a la ley", según subraya el director general del Medio Natural, Guillermo Crespo.

Crespo preside hoy la reunión del Consejo Regional de Caza, que aborda este nuevo reglamento y la Junta inicia el período de información pública de este reglamento, que prevé flexibilizar la tenencia del carné de cazador, con el que se podrá cazar sin esperar a la licencia.

Una de las principales novedades de este reglamento es la relacionada con las migratorias, como asi se refleja en el articulo 84 y dice:

Artículo 84. Puesto fijo.
1. En esta modalidad la caza se realiza sin moverse del puesto. Se puede cazar tanto aprovechando los movimientos naturales de los animales como atrayéndolos con señuelos o cimbeles, vivos o artificiales.

2. Esta modalidad se practica principalmente sobre especies migratorias: palomas, zorzales, estorninos, tórtolas y anátidas. Para el cobro de estas especies se autoriza la utilización de un perro que ha de permanecer en el puesto hasta el momento del mismo.

3. Los puestos no pueden situarse a menos de 100 metros de la linde de los terrenos cinegéticos colindantes salvo acuerdo escrito entre los titulares de los mismos.

4. Se prohíbe la utilización de reclamos eléctricos o mecánicos. No están incluidos en esta prohibición los de tipo fuelle o pito. En cuanto a la caza de la paloma se permite la utilización de cimbeles de árbol, de suelo o los denominados saltones o caretas o las propias palomas abatidas colocadas.

5. En la caza de palomas y para no molestar los dormideros se permitirá cazar como máximo desde las 9 a las 17 horas, pudiendo establecerse mayores limitaciones mediante Orden de la Consejería.. En los dormideros establecidos está prohibido cazar a menos de 1.000 metros de los mismos en cualquier horario.


6. La caza de aves acuáticas no podrá realizarse desde embarcaciones a motor, ni utilizar éstas para espantar las aves durante la tirada.

Descarga el Borrador del Reglamento de la Ley de Caza de Extremadura desde aqui 
 
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Este primer borrador del reglamento que ahora se somete a información pública en una reunión que ha acogido a los sectores más representativos de la caza, prevé también la clasificación de las especies cinegética y la regulación de la tenencia en cautividad de las mismas.

Asimismo, se obligará el anillamiento en aves, en especial los reclamos de perdiz, y se limitará la tenencia en cautividad cuando no sea de animales auxiliares para la caza a especies que no pueden sobrevivir en libertad.

Otra de las grandes novedades de la ley es que las monterías, ganchos o batidas que no presenten problemas de colindancia o cuenten con acuerdo firmado del colindante podrán realizar su acción cinco días después de haberla comunicado en un registro habilitado de la Consejería de su provincia.

Crespo subraya también que el nuevo reglamento establecerá la clasificación de las piezas de caza por categorías, de manera que habrá especies cinegéticas de interés preferente, general, migratorias y otras especies de caza.

Respecto a la seguridad en las cacerías, el director general ha incidido en la obligación de llevar distintivos reflectantes, y en cuanto a Consejo Regional de Caza, ha dicho que pasará a llamarse Consejo Extremeño de Caza, que ampliará sus miembros y tendrá mayor representación a los cotos sociales.

El director general añade que tras la consulta a las sociedades locales de cazadores previa a la presentación del borrador en el Consejo Regional, se afianza la idea de que este reglamento es el "de todos".

Además, se creará la Comisión de Homologación de Trofeos de Caza y por primera vez se crearán cuatro registros, el de cazadores de Extremadura, el registro de orgánicas, el registro de taxidermia y el de los cotos sociales.

Por último, Crespo adelanta que ya se está trabajando en el segundo reglamento que regulará los terrenos cinegéticos y del que ha anunciado que será un "trabajo muy fino" que responda a la pluralidad de los mismos.

El reglamento también que se dividirá en dos y otras disposiciones, se someterá a consulta en el Consejo Asesor de Medio Ambiente, entrará en vigor el 15 de junio de 2011.

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