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24.06.2011. 11:13

 

 

"" Orden de Veda de Caza para la Temporada 2011/12 en Extremadura.    

.. Junta Extremadura   

Extremadura 14.06.11

RESUMEN DE LA ORDEN DE VEDAS 2011/12

ORDEN de 10 de junio de 2011 por la que se establecen los periodos hábiles de caza durante la temporada 2011/2012 y otras reglamentaciones especiales para la conservación de la fauna silvestre de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

CAZA MENOR GENERAL:

    * Del 12 de Octubre de 2.011 al 6 de Enero de 2.012
    * Conejo y Liebre: del 12 de Octubre de 2.011 al 25 de Diciembre de 2.011
    * Zorzales en cualquier modalidad: del 12 de Noviembre de 2.011 al 6 de Enero de 2.012
    * Zorzales en puesto fijo: del  7 de Enero de 2.012 hasta el 19 de Febrero de 2.012
    * Palomas en cualquier modalidad del 12 de Octubre al 6 de Enero. De 9 a 16H.
    * Palomas en puesto fijo del 7 de Enero de 2.012 hasta el 19 de Febrero. De 9 a 17H

MEDIA VEDA:
    * Paloma, estornino, grajilla, ánade real y zorro desde el 15 de Agosto al 11 Septiembre
    * Tórtola desde el 20 de Agosto hasta el 11 de Septiembre de 2.011

PERDIZ CON RECLAMO:
    * En BadajoZ desde el 15 de Enero de 2.012 hasta el 26 de Febrero de 2.012
    * En Cáceres desde el 22 de Enero de 2.012 hasta el 26 de Febrero de 2.012

DESCASTE DE CONEJOS:
    * Desde el 15 de Julio de 2.011 hasta el 15 de Agosto de 2.011

CAZA MAYOR
    * Desde el 8 de Octubre de 2.011 hasta el 19 de Febrero de 2.012

RECECHOS:

CIERVO: En terrenos cercados desde el 15 de Agosto de 2.011 hasta el 19 de Febrero de 2.012

                En terrenos abiertos desde el 15 de Agosto hasta el 30 de Septiembre de 2.011

GAMO: En terrenos cercados desde el 15 de Agosto de 2.011 hasta el 19 de Febrero de 2.012

               En terrenos abiertos desde el 15 de Agosto de 2.011 hasta el 31 de Octubre de 2.012

MUFLON: En todos los terrenos desde el 1 de Abril de 2.011 hasta el 31 de Marzo de 2.012

ARRUI:  idem que el muflón

JABALÍ: idem que el muflón y el arruí

CORZO: En terrenos cercados desde el 1 de Abril hasta el 30 de Septiembre

             En terrenos abiertos desde el 1 de Abril hasta el 15 de Julio de 2.011

MACHO  MONTÉS:

En todos los terrenos desde 1 al 30 de Abril de 2.011 y desde 1 de Septiembre de 2.011 hasta el 31 de Marzo de 2.012
 
La Consejería de Medio Ambiente publica en relación a esta orden, lo siguiente:

Para la caza menor general se fija el periodo del 12 de octubre de 2011 al 6 enero de 2012, ambos inclusive, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional. En él se podrán cazar todas las especies cinegéticas consideradas como tales, excepto la liebre y el conejo con escopeta, cuyo periodo hábil finalizará el 25 de diciembre de 2011.

La media veda en cotos privados, deportivos y terrenos de aprovechamiento cinegético común se establece desde el 15 de agosto hasta el 11 de septiembre de 2011, ambos inclusive.

La perdiz con reclamo, una modalidad de amplia tradición en Extremadura, se podrá practicar desde el 15 de enero al 19 de febrero de 2012, ambos inclusive, en la provincia de Badajoz, y desde el 22 de enero al 26 de febrero de 2012, ambos inclusive, en la de Cáceres.

En cuanto a la caza mayor, el período hábil se fija desde el 8 de octubre de 2011 al 19 de febrero del año 2012, previa solicitud a la Dirección General del Medio Natural y autorización de la misma.

Para la caza selectiva se concederá autorización en cotos privados de caza mayor en función de lo aprobado en el Plan Especial de Ordenación y Aprovechamiento Cinegético. Y la determinación de las especies, edades, sexo y otras condiciones se realizará según lo regulado en el mismo.

La orden asimismo fija los periodos hábiles para la caza selectiva a rececho de las diferentes especies en cotos cercados y en cotos privados abiertos. Hay que tener en cuenta que la autorización para la caza selectiva de hembras tendrá una validez de 7 días, que se amplía a 15 dentro del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe.

Igualmente, se indican otros métodos extraordinarios de captura, la protección de los cultivos, los montes y la ganadería durante la práctica de la caza o las limitaciones derivadas de las obligaciones de conservación de las especies, entre otros aspectos.

 

DESCARGAR orden de vedas 2011/12 de castilla la mancha

 

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