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La Contrapasa

Comentarios (5) 15.08.2007. 11:09

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Es el desplazamiento de las aves hacia los países del norte, un viaje que se produce en la época comprendida entre los meses de febrero a mayo, cuando el tiempo climatológico en el norte de Europa empieza a ser bueno, es decir, cuando se acerca la primavera y empieza la reproducción.

La Contrapasa se viene practicando de manera casi ancestral en algunas zonas de nuestro país, principalmente en el País Vasco y Navarra, donde la Paloma Torcaz se ha convertido en la especie a seguir. Allí hay toda una tradición que para muchos se ha convertido en una auténtica pasión.

Existe toda una tradición en la colocación de los puestos en los lugares más adecuados, unas zonas que han sido estudiadas por los cazadores tras muchas temporadas de realizar una misma actividad.
El acceso a estos puestos se realiza mediante sorteo entre los cazadores presentes a primera hora de la mañana al pie del monte.
En cada puesto se alojarán un par de cazadores, con sus respectivas escopetas.

No es una modalidad que destaque por el número de capturas, muy al contrario, se consiguen realmente pocas debido a la dificultad que entraña el método de caza en sí mismo (se necesita ser un experto tirador). Además, el número de capturas permitido se establece previamente por la Administración, quien dará por finalizada la temporada una vez se alcance el cupo.

El cazador de contrapasa lleva esta caza en la sangre, enfrentándose a las duras críticas que despierta pero también a las crudas condiciones meteorológicas que debe soportar en cada jornada: frío, lluvia e incluso nieve. Efectivamente, un buen día para la contrapasa se distinguirá por el viento proveniente del norte, que traerá con él las deseadas palomas.

Allá por 1979 se publica en Europa la Directiva de Aves 79/409, por medio de la cual se recoge la prohibición de la caza de las especies de aves durante el periodo de reproducción o migración prereproductora de la siguiente forma "Cuando se trata de especies migratorias, velaran en particular, por que las especies a las que se aplica la legislación de caza no sean cazadas durante su período de reproducción ni durante su trayecto de regreso hacia su lugar de nidificación". Art.7.4.

A pesar de esto, en el Art.9.1; se indica que "Los Estados miembros podrán introducir excepciones a los artículos 5, 6, 7 y 8 si no hubiere otra solución satisfactoria, por los motivos siguientes:

  • a.
    1. En aras de la salud y de la seguridad públicas.
    2. En aras de la seguridad aérea.
    3. Para prevenir perjuicios importantes a los cultivos, el ganado, los bosques, a la pesca y a las aguas.
    4. Para proteger la flora y fauna.
  • b. Para fines de investigación o de enseñanza, repoblación, de reintroducción, así como para la crianza orientada a dichas acciones.
  • c. Para permitir, en condiciones estrictamente controladas y de un modo selectivo, la captura, retención o cualquier otra explotación prudente de determinadas aves en pequeñas cantidades.
  • De esta forma, la contrapasa quedó prohibida en Navarra en el año 90 después de haber sido una práctica habitual en la década precedente.

    A pesar de eso, un año después, en 1991, se produce un cambio de Gobierno en Navarra y los nuevos responsables de la gestión del medio ambiente para congraciarse con el colectivo de cazadores deciden autorizar nuevamente la contrapasa en Navarra en la primavera del año 92. Sin embargo, con posterioridad y antes de la puesta en práctica de la medida, el Parlamento Foral legisla en contra de tal medida y la pretendida autorización nunca se lleva a término.

    Los responsables de medio ambiente de otras comunidades próximas como Álava, Vizcaya y Guipúzcoa autorizaron la caza en contrapasa en años sucesivos, no sin tenerse que ver las caras en varias ocasiones en los tribunales, por la acción de diversas sociedades Ornitológicas.

    Así en Guipúzcoa se vuelve a autorizar la caza en Contrapasa en el año 1998, estableciendo un cupo diario de capturas y un total de palomas para todo el territorio.
    En Navarra se reanudó la actividad en 1999, año en el que se capturaron un total de 752 ejemplares.
    En Vizcaya la nueva autorización fue en 1998.

  • A todo esto hay que decir que a primeros de año 2006 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la suspensión de la caza en contrapasa en Bizkaia.

    La medida de suspensión fue solicitada por SEO/BirdLife, en el marco del recurso que ha planteado contra la Orden Foral, al que se sumarán en breve la Sociedad Ornitológica LANIUS y la Asociación Medio ambiental IZATE.

    Las tres organizaciones han solicitado igualmente a la Comisión Europea que abra un expediente de infracción al estado español por incumplimiento de la Directiva de Aves Silvestres y por infracción de Sentencia.


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