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El Supremo cierra definitivamente toda posibilidad a la Contrapasa
24.03.2010. 07:44
PAIS VASCO
<<EL Supremo cierra definitivamente toda posibilidad a la contrapasa>>
23/03/2010 | elcotodecaza.com |
El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia que en 2007 dictó el Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, por el que anulaba la orden foral de la Diputación de Vizcaya de 2006, que autorizaba la caza de la torcaz en contrapasa.
La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso, según informa ‘El Correo Digital' en su edición de hoy, por lo que la contrapasa queda, definitivamente, para el recuerdo de los alrededor de 600 aficionados vizcaínos que se calcula practicaban cada año, entre febrero y marzo, una vez cerrada la temporada general de caza menor, esta modalidad.
Los aficionados a la contrapasa venían desde 2006 reivindicando el poder practicar esta modalidad de caza, como ocurrió en la manifestación del 1 de marzo de 2008 en Madrid.
En septiembre de 2007 el TSJ de País Vasco anulaba la Orden Foral que emitió en 2006 la Diputación de Vizcaya, que permitía la caza de la paloma torcaz en contrapasa (es decir, cuando emprende su viaje de regreso a Centroeuropa, tras pasar aquí el invierno). La actuación del tribunal vasco fue motivada por una denuncia de la Sociedad Española de Ornitología, que consideraba que la autorización de la caza de la tocaz en contrapasa iba en contra de la legislación de la Unión. Los grupos ecologistas siempre han creído que la contrapasa se practicaba en una época que los ecologistas consideraban "inadecuada" para el campo, por estar las diversas especies en época de cría, así como "inmoral", por llevarse a cabo, aseguraban, cuando las aves son más vulnerables, en plena época de migración.
Sin embargo, y aunque la Diputación Foral entendió que no se podía luchar por carecer de "amparo legal", máxime tras la condena a esta forma de caza por parte de la EU en 2005, siete asociaciones de cazadores de Bermeo, Mundaka, Ispaster, Mendexa, Mungia, Bakio y Lekeitio decidieron recurrir la decisión del TSJ al Tribunal Supremo. En su recurso, dice ‘El Correo Digital', estas asociaciones aseguraban que la sentencia del TSJPV no tenía en cuenta la existencia de una reforma legal que se puso en marcha en 1997 y que autorizaba la contrapasa en situaciones excepcionales. A juicio de los letrados de los colectivos cinegéticos, esta modificación no entraría en conflicto con las restricciones europeas, por lo que no era procedente su derogación.
Además, los cazadores argumentaban que la contrapasa, amén de su carácter tradicional y popular, tenía un impacto ecológico "mínimo, cuando no beneficioso", al ser la torcaz una especie en crecimiento, llegando a ser casi una plaga en algunos países. Asimismo, defendían que en 2005, último año en que se pudo cazar en contrapasa, se mataron unas 800 aves, quedando esta cifra muy lejos del cupo de 2.000 que estableció la Diputación vizcaína.
Sin embargo, los magistrados del Supremo han calificado los argumentos de los cazadores vascos como "poco o nada comprensibles", al tiempo que señalan que las leyes europeas tienen un rango superior que las normativas estatales y provinciales, por lo que son "de obligado cumplimiento". Así las cosas, el Alto Tribunal ha desestimado el recurso de las siete sociedades, a las que además condena a pagar las costas del abogado de Seo, cifradas en unos 4.000 euros.
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