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Publicada la Orden de Veda de Caza en Extremadura 2013/14

Comentarios (9) 02.06.2013. 21:05

.. DOE EXTREMADURA

Extremadura 17.05.13

El Diario Oficial de Extremadura publica hoy la Orden General de Vedas de la temporada de caza 2013/2014 que, básicamente, establece los periodos hábiles de caza dado que el resto de indicaciones las dicta el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento que regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza.

Básicamente, mediante esta orden, se determinan de forma detallada las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza esta temporada, los medios y modalidades de caza permitidas, las épocas, periodos y, en su caso, días hábiles de caza según las distintas especies y modalidades; las limitaciones generales en beneficio de las especies cinegéticas, las medidas para su control y aquellas otras disposiciones que se consideran de interés.

En lo referente a las condiciones para cazar la Paloma Torcaz dice lo siguiente:

Artículo 1. Periodos hábiles de caza menor.

Siempre que no se indique otro periodo en los artículos siguientes los periodos hábiles para
la caza menor son los siguientes:

1.
Caza menor en general. Desde el 12 de octubre de 2013 hasta el 6 de enero de 2014 durante
sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional.

2. Media veda. Desde el 24 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2013, en horario de 7:00 a 10:00 horas y de 17:00 a 21:00 horas, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional para las especies codorniz en la modalidad de al salto, y tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, ánade real y zorro en la modalidad de puesto fijo. En este periodo queda prohibida la utilización de reclamos.

Artículo 2. Periodos hábiles y limitaciones por especie.

5. Palomas.

a) Desde el 1 de noviembre de 2013 hasta el 6 de enero de 2014, los sábados, domingos
y festivos de carácter nacional o regional en horario de 9:00 a 16:00 horas, y desde el 7 de enero hasta el 28 de febrero de 2014, los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional en horario de 9:00 a 17:00 horas. En este último periodo la única modalidad permitida es la de puesto fijo.

b) En los términos municipales de Tornavacas, Jerte, Hervás y La Garganta en el mes de noviembre, además de los días hábiles del periodo general, se podrá cazar los jueves y viernes solamente en la modalidad de puesto fijo. Además durante el mes de febrero se podrá cazar los viernes.

c) En el periodo de media veda hay una limitación de capturas de 15 ejemplares de paloma torcaz (Columba palumbus) por cazador y día. En el caso de realizar aportación de alimentación suplementaria la distancia mínima de colocación de los puestos al comedero deberá ser de 200 metros.

d) Las sueltas hacia una línea de escopetas sólo se podrán realizar con la paloma bravía (Columba oenas).

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